Los mulatos y el conflicto sobre la Ayudantía de Parroquia, por Carlos M. Ayes Suárez

Carlos M. Ayes Suárez en los principios de su carrera como arquólogo como estudiante en la Sociedad Sebuco en la Cueva de los Burros 1976. Fototeca Jimmy Rosario 1004954, 7 de abril de 1976.

Aunque se había formalizado la fundación del pueblo de La Vega de Espinoza, no contaban con una iglesia ni con un cura que la atendiera.[1] De hecho, el nuevo pueblo siguió dependiendo de la iglesia de Nuestra Señora de la Candelaria y San Matías Apóstol hasta que, una vez construida la iglesia, la reconocieran junto a la iglesia de El Naranjal como ayudantías de parroquia al menos desde el 29 de abril de 1791.[2] Poco después, el 1 de febrero de 1794, el obispo Francisco de la Cuerda y García promueve a solicitud de los vecinos las dos iglesias de Espinoza y de El Naranjal como “parroquias” independientes.[3]

     Dichos acontecimientos estuvieron precedidos por una situación conflictiva por la selección del lugar para establecer la Ayudantía de Parroquia entre varias familias prominentes de la región y el amplio sector de mulatos que habitaban en la misma. Aparte de la población mulata, de la cual no se informan los apellidos, las familias Vega, Negrón y Bonilla pugnaban entre sí por su lugar de preferencia.[4] Aunque Abbad y Lasierra no identifica por apellidos las familias mulatas involucradas en el conflicto, lo cierto es que dicho sector representaba el 35.69 % del total de la población.

     De hecho, al aprobarse la fundación del pueblo de La Vega del Naranjal, es nombrado como Teniente á Guerra del nuevo pueblo, Manuel Negrón Maldonado. Este era miembro de una familia de hateros que se habían asentado en la región desde principios del siglo y en la cual encontramos estrechas relaciones de consanguineidad y afinidad con la familia de la Vega. Entre las funciones de la primera autoridad militar del pueblo, se encontraban el conducir los presos a la Capital, informar sobre lo que ocurre en sus respectivos distritos, actuar en todas las causas, recibir la sumaria y hacer de juez y escribano en las sumarias.[5]Acorde con sus prerrogativas debe tomarse en consideración la posibilidad de que éste interviniera en este y otros conflictos del vecindario.


[1] Abbad y Lasierra, Fray Agustín Iñigo. Op. Cit. Tabla página 153.

[2] Auto de la Visita Pastoral del 26 de junio del 1792 de su Señoría Ylustrísima Dr. Dn. Francisco de la Cuerda y García, Obispo de Puerto Rico. En Libro III de Entierros: 1825-1829. Iglesia de Nuestra Señora del Rosario de Vega Baja. Recopilación, arreglo, índices y comentario por el Padre José Antonio Oquendo Pabón, STL. 

[3] Auto y Decreto de Fundación de la Parroquia de Nuestra Señora del Rosario de Vega Baja, Puerto Rico. En Libro III de Entierros: 1825-1829. Iglesia de Nuestra Señora del Rosario de Vega Baja. Recopilación, arreglo, índices y comentario por el Padre José Antonio Oquendo Pabón, STL. 

[4] Abbad y Lasierra, Fray Agustín Iñigo. Op. Cit. Página 125.

[5] Ibid. Páginas 147-148.

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