60 segundos para reflexionar: El mismo principio filosófico de declarar estorbo público a una propiedad privada, debe aplicarse a la Casona

Por Thomas Jimmy Rosario Martínez

La ley que permite a un gobierno municipal no provee que lo pueda hacer para sus propias propiedades inmuebles aunque estén en abandono como La Casona en la Playa de Puerto Nuevo. No obstante, se puede aplicar el mismo principio filosófico que motiva la ley 27 de 2020 si el alcalde quiere ser eficiente y cumplir con la expectativa ciudadana de que se demuela la estructura.

En Vega Baja, al instrumentar la ley de estorbos públicos se cometieron muchos errores e injusticias y se colocaron los letreros condenatorios en muchas propiedades que de acuerdo a la definición no lo eran. Se dice que una compañía privada fue contratada para hacer la labor inicial y no se percataron que al menos una de las propiedades que se les puso el letrero y se inició el proceso era precisamente una propiedad municipal.

Conocemos el caso perfectamente bien pues la propiedad es el edificio en vías de ser arrendado a la Escuela de la Historia Vegabajeña para el Museo Antropológico, de Arte y Cultura Vegabajeño. Tuvimos que acudir a la vista de disposición ante un juez examinador quien efectivamente determinó que había confusión de derechos, pues la ley de estorbos públicos no aplicaba al mismo Gobierno Municipal.

Pero lo que es bueno para el ganso, es bueno para la gansa, aunque sean de distintos sexos. El principio es el mismo, pues trata de una propiedad abandonada por el mismo gobierno municipal desde su construcción porque se le acabó el dinero, lo que de hecho es contrario a la ley municipal, pues no se pueden aprobar contratos sin señalar partidas de fondos. Obras inconclusas no es negocio para nadie, pero en realidad el propósito final de una obra monumental, sueño de alcaldes soñadores, no era hacer algo útil, sino sustraer dinero y dirigirlo en el proceso a los bolsillos privados. Y ese propósito inicial lo lograron, pues no hay manera de justificar tanta inversión en una obra inconclusa e improductiva que requiere más millones para ser útil.

La ley de estorbos públicos ha sido aplicada por el alcalde y la legislatura municipal contra propiedades privadas. La razón es eliminar el triste escenario de la ruina y hacer un pueblo dinámico con estructuras funcionales para viviendas o comercios adicionales y promover el desarrollo económico, pero hay también un fuerte deseo ciudadano de que se demuela para que sirva mejor a los propósitos recreativos de la Playa Puerto Nuevo, amenazada con eventos cataclísmicos en el futuro que van, de cualquier manera, a echar a perder cualquier cosa que se construya o se reconstruya.

¿Hace falta un suceso de criminalidad en la Casona para que se acelere el proceso ya dictaminado por la opinión pública de demolición? ¿Hace falta que en la soledad de esa propiedad abandonada haya un asesinato, delitos sexuales o de otro tipo en que la vida o vidas de vegabajeños o turistas esté en peligro? Son preguntas, no conjeturas.

Creo que once años de entretenimiento es bastante. No pasemos a la próxima etapa de la desgracia como ocurrió en la antigua piscina del Escambrón y en otros lugares abandonados de Puerto Rico, que se convierten en hospitalillos para enfermos de la droga o refugio de delincuentes. Ya se venció el término que dió el alcalde para vetar la medida asumiendo que se hubiera firmado por el Presidente de la Legislatura Municipal y se hubiera notificado oficialmente al alcalde.

¿Que necesita Marcos Cruz Molina para informar al pueblo si lo que dijo que iba a hacer lo hizo o no?

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