
Por Thomas Jimmy Rosario Martínez
2. ¿Se sometió a alguna investigación a las personas que estan haciendo la propuesta?
Cualquier gobierno constituye una fiducia, o sea, una relación de confianza entre el gobernante y el pueblo. Por eso es que se elige mediante el voto democrático frente a otros candidatos de distintas ideas e historiales. Este tiene la obligación de ser fiel al pueblo y siempre actuar con diligencia con los bienes encomendados. Su labor tiene que ser prístina, para que no tenga señalamientos de las agencias fiscalizadoras y para que su desempeño público sea merecedor de un continuo apoyo electoral.
Cuando se es negligente, indiferente o displicente, la primera falta es su responsabilidad con el pueblo. La conducta es un asunto político, donde el pueblo decidirá eventualmente si quiere renovarle su contrato de servicios en el próximo cuatrenio. El gobernante tendrá que enfrentar su responsabilidad, en ocasiones de manera civil o si hay intención o negligencia culposa, pudiera enfrentar juicio civil o penal y si sale culpable, pagar multas o sufrir cárcel. Muchos de los asuntos públicos donde se yerra, quedan sin enfrentar la justicia, porque nunca hubo la intención de defraudar las arcas públicas.
Toda relación con contratistas genera intercambio de prestaciones legales. Eso significa que algo se da a cambio de otra cosa. Esto incluye desde una oferta, si la hay, donde todos los ofertantes o inversionistas que comparecen a las subastas tienen unos derechos de igualdad al considerarse sus ofertas. No puede discriminarse, pero tampoco pueden hacérseles falsas representaciones.
En el asunto de la Casona el alcalde ya había descubierto en situaciones similares anteriores que los ofertantes no eran tan buenos ni confiables por lo que canceló negociaciones con ellos. Pero tal parece que la experiencia no la tomó en cuenta y no tuvo un buen asesoramiento. No le sirvió de mucho, pues sin aparentemente realizar una investigación razonable de Melao Holdings y considerando que «había vegabajeños en la compañía», estuvo dispuesto a ceder, en bandeja de plata, una propiedad cuyo pasado fue dudoso y su futuro tambien incierto por la ubicación donde se construyó.
En la vida, no todo es lo aparente. El alcalde reclamó que tenía el título de propiedad pero aparentemente lo que se iba a vender no estaba segregado de lo que no se iba a vender. Se volvía a repetir lo que pasó en la Finca Leanders de Vega Baja, donde el Gobierno Municipal ha perdido terrenos, el bosque urbano que el mismo alcalde inauguró y hasta una calle de acceso al Alto de Cuba. No solo le faltó asesoramiento legal, sino también histórico. Y esa es una historia cercana, que el, como alcalde, aun está enfrentando y según dicen, vienen más pleitos legales por eso de parte de la Familia Del Río.
Lo que debió ser una transacción de fiducia, para que el pueblo confiara en él por sus actuaciones dentro de la ley y la razonabilidad en el manejo de la cosa pública, se transformó en desconfianza porque se aferró públicamente a ideas absurdas y falsas de que no se iba a vender la Playa y que no se iba a privatizar. En el juicio público al que se sometió en el Conversatorio le presentaron pruebas legales y morales de que estaba equivocado, de que su trayectoria en esa negociación era lo que se conoce como mallum in se (malo en sí mismo), ultra vires (más allá de su capacidad o poderes) y la venta que pretendía era nula ab initio (nula desde su comienzo), porque no se pueden enajenar bienes de dominio público, ahora llamados privados del estado. A eso súmele que mediante una pretendida legalización utilizando a la Legislatura Municipal, aprobó una medida que tiene visos de inconstitucional, por las mismas razones expresadas de que hay jurisdicción estatal en el asunto.
El estado (Puerto Rico) habrá de definir si la Casona es o no un bien del estado de acuerdo a las nuevas definiciones del último Código Civil aprobado. Lo hará, en primera instancia, el Departamento de Recursos Naturales, mediante la aplicación de las reglas para delimitar la zona marítimo terrestre. En segunda instancia, la Oficina de Permisos si alguna vez se pretende construir unas instalaciones de lo que sea.
La carta de razonabilidad del alcalde, según expresada, es el desarrollo económico que se pretende impulsar, que de acuerdo a la práctica es una alegación razonable donde se hacen excepciones a los usos de los lugares que pueden legitimarse. Pero creo que aunque en derecho se pudiera, ya el juicio público ha sentenciado la demolición de la estructura y por razones puramente políticas, el alcalde no puede irse en contra, porque en sus pretenciones parece que está como el burrito de Schrek y con las manos cruzadas, porque este es año preelectoral.
Las personas que interesan la Casona no fueron investigadas adecuadamente. Sospechosamente de la nada se inscribieron como corporación de responsabilidad limitada a días de la subasta y luego aparecieron con una carta de un banco como que tenían capital para responder. En el mundo de los negocios se hacen maravillas para la percepción pública, como en la política, pero no creo que el gobierno municipal y menos este alcalde, tenga mucha experiencia en negociar con entidades privadas arrendamientos de largo plazo y ofertas de venta que no la quiere que sea, aunque haya sido autorizada.
Tampoco conoce la definición de los negocios jurídicos que no los define el alcalde, sino estatuídos por ley y no pueden ser manipulados por una parte diciendo que hay venta pero que no la hay. Si el alcalde hubiera firmado la Resolución, acabaría atrapado en su discurso ambivalente y demagogo hacia el pueblo. Es un lenguaje confuso que la ley no permite.
